Argentina: 5 Claves para entender la nueva regulación de las tarjetas de crédito.



Escrito por administrador
Miércoles, 26 de Enero de 2011 10:35
Se va a pedir declaración jurada a aquellos que tengan lÃmites superiores a $5000. Lea como afectará a los usuarios.
A través de una resolución publicada ayer en el BoletÃn Oficial y de acuerdo a lo publicado el martes por el diario El Cronista, publicamos las cinco claves para entender la nueva regulación y cómo afectará a los usuarios:
•LÃmites. Las firmas emisoras estarán obligadas a exigir una declaración jurada a sus clientes cuando éstos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a $ 5000 o tengan tarjetas con un lÃmite de compra superior a esa cifra.
•Topes mayores. Cuando los lÃmites de las tarjetas superen los $ 20.000, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de documentación que respalde el origen declarado de los fondos. Las empresas deberán realizar perfiles transaccionales de sus clientes y seguir las operaciones que efectúen.
•Operaciones inusuales. Las empresas emisoras deberán informar cualquier operación de sus clientes considerada "inusual" o "sospechosa". La UIF tipificó estas operaciones: éstas, por ejemplo, incluyen la "alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos", y situaciones en las que el cliente trate con "paÃses o jurisdicciones declarados paraÃsos fiscales por la GAFI.
•Registración. Se exige a las empresas a que registren las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y también a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos. Las empresas también deberán abrir un legajo de identificación de cada cliente en el que conste, en el caso de la persona fÃsica, su actividad principal.
•Oficial. La norma obliga a las compañÃas a designar un Oficial de Cumplimiento responsable de la relación con la UIF "que los bancos ya tienen" y a establecer un manual de procedimientos.
Fuente:
http://www.eldiario24.com